Escuchar libros se ha convertido en una alternativa cada vez más popular frente a la lectura tradicional, sobre todo gracias a la inteligencia artificial. Pero, mientras plataformas como Amazon y Spotify apuestan por voces sintéticas, los narradores profesionales y expertos legales expresan su descontento.
En un mundo donde las agendas están cada vez más apretadas, los audiolibros ofrecen una solución práctica para no abandonar el hábito de la lectura. Muchas personas optan por escuchar novelas, ensayos o cuentos mientras hacen ejercicio, realizan tareas domésticas o de camino al trabajo. Esta posibilidad de disfrutar historias sin dejar de lado otras actividades ha aumentado la demanda de contenidos en formato audio.
Uno de los grandes atractivos de los audiolibros generados por inteligencia artificial es el ahorro en costos de producción. Para las editoriales y plataformas de audio, prescindir de grabaciones en estudios y narradores humanos representa una disminución significativa en la inversión necesaria para lanzar un nuevo título.
Amazon, a través de su servicio Audible, ha dado un paso más allá al plantear la clonación de voces de narradores profesionales. Esta función permitiría a los actores de voz conservar el control sobre el uso de su identidad vocal, además de recibir regalías por cada libro generado con su voz. Se busca, así, un equilibrio entre la automatización y reconocimiento profesional.
Spotify también ha abierto sus puertas a los audiolibros generados por IA, en colaboración con la tecnología de ElevenLabs. Esta herramienta es capaz de convertir textos extensos en grabaciones, con la posibilidad de personalizar aspectos como la entonación y el ritmo. Para mantener la transparencia con su audiencia, los libros narrados con esta tecnología incluirán una etiqueta que indica su origen artificial.
Desde el gremio de narradores profesionales se advierte que la adopción de voces sintéticas no solo afecta a los actores de doblaje, sino también a técnicos de sonido, agencias de casting y estudios de grabación. Además, existen salvaguardas legales en torno al uso de la voz. La Constitución Española, en su artículo 18, reconoce la voz como un elemento protegido dentro del derecho a la propia imagen. Esta protección se desarrolla en la Ley Orgánica 1/1982, que considera una intromisión ilegítima cualquier uso no autorizado de la voz, como parte del derecho al honor, la intimidad personal y la imagen.